Inspección en River: La Fiscalía intimó al club por fallas de seguridad. Después de realizar una inspección en el estadio del Club Atlético River Plate, la Fiscalía de la Ciudad intimó a que en 5 días hábiles River deberá reparar los 14 domos de filmación que componen el sistema de seguridad del estadio.
Hasta el próximo 5 de mayo, que se realizará una nueva inspección, el estadio Monumental no podrá realizar ningún espectáculo masivo.
La causa que lleva adelante el fiscal Mauro Tereszko, titular de la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas N° 4, se inició el domingo 23 de abril, mientras el local disputaba su encuentro contra Sarmiento de Junín. Durante el partido, Eventos Masivos del Cuerpo de Investigaciones Judiciales de la Fiscalía y la Policia de la Ciudad detectaron irregularidades en el funcionamiento de la mayor parte de los domos de filmación que componen el sistema de seguridad del Estadio, Además comprobaron que ingresó material pirotécnico en la tribuna Centenario alta.
El fiscal Tereszko imputó al Club Atlético River Plate por el artículo 96 y 96 bis del Código Contravencional, que sanciona la omisión de recaudos de organización y seguridad en eventos masivos.
En el marco de la investigación, el fiscal Tereszko y Eventos Masivos de la Fiscalía junto al Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad realizaron hoy por la mañana una inspección en el estadio. En el operativo se comprobó que hay 14 domos de filmación que no funcionan.
“El club River Plate tiene 5 días hábiles para reparar los 14 domos de filmación que componen el sistema de seguridad del estadio. Hasta el próximo 5 de mayo, que se realizará una nueva inspección, el estadio Monumental no podrá realizar ningún espectáculo masivo”, señaló el fiscal Mauro Tereszko. Y agregó que “se intimó al club bajo apercibimiento de ordenarse la clausura del estadio para los próximos encuentros que River Plate tenga que disputar en su estadio”.
Del procedimiento participaron también la Sección Actividades Deportivas y Espectáculos Públicos de la Policía de la Ciudad y la Agencia Gubernamental de Control de la CABA.
Buenos Aires, 27 de abril de 2017
Código Contravencional
Artículo 96 - Omitir recaudos de organización y seguridad. Quien omite los recaudos de organización o seguridad exigidos por la legislación vigente o por la autoridad competente respecto de un espectáculo masivo, de carácter artístico o deportivo, es sancionado/a con multa de dos mil quinientos ($ 2.500) a treinta mil ($ 30.000) pesos o arresto de cinco (5) a treinta (30) días.
La sanción se eleva al doble si se producen desórdenes, aglomeraciones o avalanchas.
Artículo 96 bis Omitir recaudos durante un evento masivo. Quien omite los recaudos exigidos por la legislación vigente o por la autoridad de aplicación competente durante un evento masivo, es sancionado/a con multa de cien mil (100.000) pesos o arresto de sesenta (60) días, clausura del establecimiento e inhabilitación por el plazo máximo establecido por la ley para obtener cualquier autorización, habilitación o licencia para organizar o promover tales eventos.
Cuando la contravención sea cometida por una persona de existencia ideal, la inhabilitación se hará extensiva a sus directores o representantes legales por el mismo plazo. Admite culpa.
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